En cuanto a la forma de financiarse para poder desarrollar las competencias que tiene otorgadas por ley, la Parroquia Rural de Barcia y Leiján depende casi exclusivamente de los ingresos producidos por la venta de los aprovechamientos anuales de madera del monte Pedredos, Lagos, Tresvalles y Las Matas, el cual fue declarado de Utilidad Pública por Real Orden de 22 de marzo de 1927, así como de las ayudas o subvenciones económicas que puede percibir del Ayuntamiento de Valdés y de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Por otra parte, en el artículo 156.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece que las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio no podrán tener impuestos propios ni participación en los tributos del Estado, pero sí en los del municipio a que pertenezcan. |